martes, 28 de septiembre de 2021

EL PODER JUDICIAL Y LA SOBERANÍA POPULAR

                            

Enrique Cobo

28 de septiembre de 2021

 

Quiero reflexionar sobre las relaciones que tiene nuestro Poder Judicial con el principio constitucional de que La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” (Constitución Española, Título preliminar, art.1 punto 2).

 

Este principio es el que nos constituye como un Estado democrático de Derecho en el que el pueblo español es la única referencia de legitimidad para la constitución de los poderes del Estado.

 

Todos los principios no son una realidad construida sino una perspectiva obligatoria para todos, en virtud de la que vamos haciéndolos realidad en nuestra vida en comunidad. Todos los españoles hicimos posible que la única fuente de soberanía fuera el pueblo español, uno de los tres principios esenciales para nuestra convivencia, y de ahí su afirmación en el Título Preliminar como una de las tres bases de todo nuestro entramado normativo como fundamento de nuestra convivencia.

 

Estamos viendo cómo, al igual que otras tareas, la de administrar justicia, la de interpretar y aplicar la ley, también se hace desde una persona concreta con sus opiniones personales. No es una tarea mecánica, es una función ejercida por personas con ideología, con juicios y prejuicios, con una capacidad técnica concreta, con aspiraciones personales, con diferentes estados de ánimo de la persona que ejerce esa función de juez…, como no podía ser de otra manera. La libertad de cada persona fundamenta nuestra convivencia, también la del individuo-juez.

 

De ahí a dar carta de naturaleza a que sea la suma de las opiniones de los jueces, o la de los jueces asociados, la que ejerza el poder de crear y administrar el poder judicial, sería un tremendo paso atrás en nuestra principal conquista en los últimos siglos: la Soberanía Popular como única fuente de cualquier poder del Estado.

 

Superamos la época en la que los poderes los impusieron los vencedores de una guerra haciendo que la soberanía residiera realmente en la fuerza militar. En otras épocas procedían de los reyes, que lo eran “por la gracia de dios”; en otras la soberanía la ejercían grupos de personas, sectores sociales, ricos o sabios, quienes hacían las leyes y ejercían el gobierno y la administración de sus leyes. Ha sido una verdadera victoria democrática el que la soberanía la tenga el pueblo español.

 

Es una época en que tenemos que afirmar con rotundidad obviedades tales como que los jueces son “personas”, individuos con el mismo poder constitucional que cualquier otro español, y no son una casta especial que no tenga emociones, sentimientos, intereses, opiniones políticas, culturales o filosóficas propias. Igual que cualquier español o española no tienen los jueces, ni individual ni colectivamente, derecho alguno que les permita ejercer una soberanía que no tienen sobre ninguno de los poderes del Estado.

 

El acceso a la función jurisdiccional está reglada como acceso a una función pública. Es verdad que circunstancias sociales, económicas, históricas… hacen que aquellos que tienen acceso a realizar y superar los procesos de selección tengan mayoritariamente una procedencia social que, si bien no determina, sí condiciona sus opiniones políticas, que estadísticamente son más proclives a posiciones conservadoras. Por eso las asociaciones que existen son mayoritariamente conservadoras. Con lo que sus opiniones individuales y colegiadas son mayoritariamente conservadoras y, lo que es peor, proclives a seguir las directrices-opiniones de las organizaciones políticas de derecha.

 

Por otra parte es necesario afirmar - parece mentira, pero es así- que las leyes promulgadas han de cumplirse y hacerse cumplir por cada individuo o grupo de individuos y por todos los poderes del Estado.

 

Que la derecha y las asociaciones a ella ligadas, como expresó clarísimamente el presidente de la Asociación Francisco de Vitoria, que la solución consistiría en solucionar a la vez la renovación del CGPJ, del Constitucional, del Tribunal de Cuentas, del Defensor del Pueblo… de manera simultánea a cambiar la ley para que, según su opinión personal y del grupo al que está asociado, sean los jueces los que ejerzan la soberanía sobre este poder del Estado, no expresa sino la voluntad de condicionar el cumplimiento de la ley a hacer valer su opinión acerca del texto de la ley vigente. Chantajean. En este país, al pairo de los principios del Estado de Derecho, jueces como los de esta y otras asociaciones, coincidiendo con los planteamientos de PP y VOX, pretenden que una de las fuentes de derecho sea el chantaje, condicionando el ejercicio de su función a hacer valer sus opiniones de casta, y pasan de cumplir la norma vigente. Precisamente aquellos que han de hacer cumplir las normas que estén vigentes. ¡Cuánta desconfianza en el Estado de Derecho generan estas conductas! ¡Cuánto daño nos hace que en nuestra convivencia no valga nada la palabra dada, los acuerdos alcanzados!

 

No es una cuestión menor. Es, creo, una cuestión que se refiere a los fundamentos de nuestro Estado de Derecho, de nuestra Constitución, de nuestro futuro. Algunos quieren volver a las andadas, a reconquistar una de nuestras principales conquistas como pueblo, y por eso transigir es aceptar dar marcha atrás cincuenta, cientos de años, respecto a nuestro acuerdo democrático de que el pueblo español sea el único titular de la soberanía, sea la única fuente de cualquier poder del Estado.

 

Si los jueces, como propone nuestra derecha política para recuperar terreno perdido, se constituyen a sí mismos en un poder del Estado, y el cumplimiento de la ley se condiciona a acuerdos para cambiar las leyes vigentes, estaremos dando un inmenso paso atrás en el gran acuerdo que nos ha hecho vivir en libertad y democracia los mejores años de nuestra historia como pueblo. No se puede ceder: el poder constituyente, el único poder soberano, lo tiene el pueblo español.

 

El pueblo español podrá ejercer  su soberanía creando el poder judicial directamente- eligiendo a los funcionarios y miembros de la administración de justicia-  o indirectamente, a través de sus representantes en las Cortes Generales,  sin renunciar al ejercicio de ese poder soberano que no puede delegar en grupos de funcionarios o de asociaciones. Solo se puede ejercer ese poder soberano directamente (eligiendo a los jueces) o determinando cómo el legislativo ejerce ese poder por delegación, que a su vez no es delegable ni debiera condicionarse a la opinión, más o menos vinculante, de ningún grupo o asociación, tampoco corporativa, más allá de cualquier opinión técnica, objetiva y contrastable.

 

Este conflicto, esta “guerra”, no es meramente un debate acerca de distintas posiciones políticas legítimas sino que creo que se inscribe en una contraofensiva global de la derecha de estos momentos en nuestro país en contra de conquistas democráticas.

 

Es por lo que creo que hemos de defender con todos los medios que el Estado de Derecho nos dé.

 

A modo de ventana abierta a la esperanza, creo que debemos elaborar y tener opinión y hacerla valer, de ahí algunas sugerencias acerca del qué hacer en estos momentos:

 

Allanar los  caminos de acceso a las funciones de administrar justicia y para que a medio plazo haya aspirantes de distintos niveles sociales.

 

No ceder en este asunto ni un paso en detrimento del ejercicio de la soberanía popular sino, por el contrario, ahondar en que este sea cada vez más directo, más real.

 

Para una mejor y más exacta voluntad del legislador, el mandato a los miembros o responsabilidades en los  diferentes órganos de la administración de justicia tendrá la exacta duración del tiempo para el que fuera elegido o nombrado, retirándole las capacidades de decidir y formar parte de esos órganos y suprimiendo las consecuencias de él derivadas.