domingo, 7 de abril de 2024

AMNISTÍA - CONVIVENCIA Y ESTADO DE LAS AUTONOMÍAS

Desde la proyección de caminar por el Estado de progreso DEMOCRÁTICO en todos los ámbitos de la vida política, económica y social, era imprescindible ya, recuperar los derechos arrebatados a la ciudadanía CATALANA, y eliminar las condenas de muchos de sus dirigentes políticos por “sedición, rebelión, terrorismo y organización criminal”, impuestas a partir de la aplicación del art. 155 de la Constitución, por actuaciones pacíficas de la ciudadanía, así como del independentismo, “incorrectas o ilegales”. Esta LEY DE AMNISTÍA beneficiará a toda la sociedad española, porque le permitirá avanzar en Convivencia y Derechos.

‘Amnistía’ de  Agustín Ibarrola 1976. Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía

Manuel Armenta

7 de Abril de 2024 

Diez años después de los acontecimientos vividos en Cataluña, con los referentes de la DUI (Declaración Unilateral de Independencia), y la aplicación del artículo 155 de la CE (Constitución Española) que sobrepasó todos los límites y alcance de su contenido en su aplicación por los órganos de poder del Estado (gobierno, cuerpos de policía y poder judicial), hoy, con la AMNISTÍA aprobada por el gobierno y la mayoría parlamentaria, se reinicia el camino de la convivencia y el entendimiento de la gran mayoría social no solo de Cataluña, sino de todas las nacionalidades y territorios de España, que retoman los derechos arrebatados reconocidos en la Constitución.

Recordemos en este sentido algunas referencias de Amnistía Internacional, que en su informe de 2017/2018 indicaba “que se restringió desproporcionadamente el derecho a la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica de personas que apoyaban la independencia catalana…”, así como que “los funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley emplearon fuerza excesiva a manifestantes que opusieron resistencia pacífica a la operación policial...”

El art. 155 de la Constitución está limitado al ejercicio del derecho a la Autonomía, NO está para perseguir penalmente a los adversarios políticos y la libertad de expresión de las personas. Las querellas se inician al día siguiente de que el Consejo de Ministros activara el 155, en sincronía con el poder político del Estado que evidenció la coartada para convertirlo en un 155 penal, dando una vuelta a la época anterior a la entrada en vigor de la Constitución de 1978 como expresión penal del independentismo. Se debe recordar también que en los Estatutos de Cataluña de 1981 y las otras Nacionalidades, ya se reconoce y define a España como un “Estado Plurinacional”.

Los actos de todos los condenados del procés catalán por confrontar con el principio constitucional de la Soberanía indivisible del Pueblo Español no dejan de ser acciones políticas, que en ningún caso debieron ser catalogadas judicialmente, como delitos de “rebelión, sedición, terrorismo u organización criminal” que tanto han respaldado las derechas PP-Vox, así como históricos dirigentes socialistas (González y Guerra) que hablan de rebelión olvidando que ellos indultaron al general Armada, acusado de estar detrás del golpe de Estado del 23-F de 1981, y alaban la Amnistía de 1977 en la Transición, que benefició también a los genocidas franquistas. No olvidemos tampoco que Europa ha promulgado más de 50 leyes de amnistía desde la II Guerra Mundial.

Tampoco olvidemos que en esos años de impulso político independentista, en Cataluña se producían las mayores movilizaciones en las calles (más de dos millones de personas) de la sociedad civil y el mundo laboral en defensa de sus derechos y condiciones de vida, que le estaban recortando los poderes políticos y económicos. El “procés” no fue ajeno a todo ello, consiguió con las acciones independentistas derivarlo hacia los poderes del Estado, y que también esas mayorías sociales, sufrieran en sus propias carnes la violencia desatada por la aplicación del art. 155 contra todo tipo de protestas pacíficas, por los recortes de sus derechos o en defensa del independentismo.

Todo ello es lo que viene a solucionar la actual Ley de Amnistía, que afecta al conjunto de la sociedad catalana y de todo el Estado, al abrir puertas a la sociedad española en derechos y convivencia y cerrar las heridas que la complicaron, y no solo en el ámbito catalán. Ese es el sentido que debe prevalecer para afrontar el objetivo de lucha contra las derechas que están usando la condena de esta Ley para confrontar y dividir todo lo posible a la sociedad española, con el trasfondo de justificar sus políticas, que recortan derechos y condiciones de vida dignas, frente a las mejoras que hoy impulsa el gobierno de coalición progresista, con el apoyo de nacionalistas e independentistas.

Esta Ley de Amnistía aporta y refuerza a nuestra sociedad con el principio básico del derecho y la libertad de las personas y los pueblos, porque el concepto y la filosofía de la composición de los Estados solo debe depender de la voluntad dialogante y nunca de las guerras y la violencia, individual, colectiva o territorial. Quienes la protagonizan siempre se corresponden con personas, sectores o grupos conservadores, progresistas, republicanos o de izquierda, como la historia ya ha demostrado por todo el mundo. En España podemos referirnos a los casos de Sidi Ifni y el Sahara, y a las Comunidades de Euskadi, Cataluña, Galicia y Andalucía, que se identifican en sus Estatutos como parte del Estado Plurinacional en aplicación del art. 151 de la Constitución. Si nos vamos a nuestro entorno mundial más cercano y reciente, tenemos la separación de Irlanda de la Gran Bretaña, y la decena de países que se separaron de la URSS; ambas con ideologías y tipos de Estado diferentes en todos los sentidos.

Si al principio básico del derecho a la libertad de las personas para cambiar Estado y Nacionalidad, lo aplicamos a millones de personas de todo el mundo que lo practican emigrando y acaban asentándose en ellos como miembros de ese nuevo Territorio y Estado y que a su vez se caracterizan con una amplia diversidad, deberemos acercar o unir los conceptos del derecho y libertad al de independentismo o fusión territorial.

Andalucía, en el proceso de Transición de la dictadura a la democracia, pudo integrarse en ese núcleo de nacionalidades gracias a las potentes movilizaciones y protestas con carácter pacífico, efectuado desde la diversidad política y social, y que se recuerda cada año el 4 de diciembre, aunque no sea oficialmente el Día de Andalucía.

Es evidente también que cuando hablamos de derechos y libertad en convivencia de las personas en los ámbitos territoriales que disponen de competencias de gobierno y poder institucional (Ayuntamientos, Provincias y Comunidades Autónomas), que en general suelen actuar con importantes diferencias de matiz en la gobernanza por su pluralidad política, el Estado se verá siempre afectado de forma negativa al producirse desigualdades de las personas en todos los órdenes de la vida. Y ello nos emplaza también a la sociedad y al gobierno del Estado a implementar medidas que combatan esas desigualdades que crecen en los territorios, y principalmente en los asuntos básicos: Sanidad, Educación, Vivienda, Servicios sociales y todo tipo de discriminación.

Junto a la Amnistía, con todas sus implicaciones positivas en el Estado español, necesitamos que se avance progresivamente en las condiciones de vida de todas las personas, con especial énfasis en las más necesitadas y discriminadas, porque solo así mejora la Convivencia y el Estado de Derecho Democrático, desde la pluralidad y diversidad de las personas y la política.

Las próximas elecciones de Abril, Mayo y Junio en el País Vasco, Cataluña y la UE son referentes de interés para toda España, por el momento de confrontación tan radical que estamos vivimos con la implementación de la Ley de Amnistía.