Antonio Moreno de la Fuente
Antonio
Moreno es Licenciado en Teología e historiador. Miembro del Secretariado de las
CCP de Sevilla y de la Plataforma en defensa del Patrimonio de Sevilla.
19
de octubre de 2018 (fecha de publicación en este Blog)
La
polémica sobre las inmatriculación de bienes públicos por parte de la jerarquía
eclesiástica, en particular de la Mezquita-Catedral de Córdoba y de la Sevilla,
está suscitando un vivo debate en los medios de comunicación. Últimamente el
Sr. Arzobispo de Sevilla ha salido al
paso en una carta pastoral defendiendo tales inmatriculaciones,
realizadas por él mismo, cuando era obispo de Córdoba, en 2006, y en 2010,
siendo ya Arzobispo de Sevilla. El Sr. Arzobispo se escandaliza que algunos
grupos de personas califiquen de fraudulentas dichas inmatriculaciones, por lo
que afirma rotundo que “la Iglesia
no ha sustraído nada a nadie, ni se ha apropiado de algo que no fuera nuestro,
es decir, del Pueblo de Dios”. Y en prueba de ello utiliza diversos
argumentos, entre ellos, uno básico o
teológico y otro histórico.
Como
argumento básico, Monseñor Asenjo afirma que: “Hemos inmatriculado en los
Registros de la Propiedad lo bienes que siempre han sido de la Iglesia, bienes
que ella creó, que ha conservado y cuidado con diligencia y que pone a
disposición de todos, creyentes y no creyentes”. Monseñor Asenjo se refiere
aquí a la Iglesia, sujeto de la propiedad, entendida como
Pueblo de Dios, como congregación de los fieles bautizados. Y en esto
le damos toda la razón. Sin embargo,
respondiendo más adelante al Informe de la Comisión de Expertos sobre la propiedad de la Mezquita-Catedral,
Monseñor Asenjo identifica a la Iglesia con su jerarquía,
con el obispo y el cabildo, al decir que: “el obispado de Córdoba y su
cabildo tienen títulos jurídicos fehacientes para defender la propiedad de la
mezquita-catedral por la Iglesia católica”. Ciertamente, esta
identificación era el sentir medieval de
la Cristiandad, en la que existían los dos poderes o espadas, la material y la
espiritual. El poder temporal lo tenían el Emperador y los Reyes, el espiritual
la Iglesia, identificada con el Papa y la jerarquía (Moreno de la Fuente, A.1969, 513 ss). Esta
mentalidad cambió con el Concilio Vaticano II, el cual en la Constitución
sobre la Iglesia establece claramente que la Iglesia es el Pueblo
de Dios, es decir, los fieles bautizados, siendo la jerarquía una parte, la que lo representa, pero no
se identifica con la misma Iglesia (Lumen gentium, cc.2 y 3).
Por lo que debe decirse con propiedad, que las Catedrales, las Iglesias o
templos dedicados al culto, pertenecen sí a la Iglesia, pero a toda la
Iglesia, a todos los fieles
bautizados, que contribuyeron a su
construcción, conservación y que hoy ponen a disposición de todos, sean
creyentes o hayan dejado de serlo y no son propiedad exclusiva de
los obispos o del cabildo, a no ser que tengan títulos legítimos de propiedad.
El
Sr. Arzobispo alude a continuación a los
“títulos históricos incontestables” en que se basan las
inmatriculaciones, tanto de la Mezquita-Catedral de Córdoba, como de la
Catedral de Sevilla, con la Giralda y el Patio de los Naranjos. Sin abundar en
la extensa bibliografia que ha generado la titularidad de la
Mezquita-Catedral de Córdoba, creo con Monseñor Asenjo que Fernando III, tras
la conquista de Córdoba, entregó la
Mezquita a la jerarquía de la Iglesia para que la consagrara para el culto
católico, como así parece confirmarlo el testimonio de la Crónica de los
Veynte Reyes o Estoria de España (Menéndez Pidal, Ramón, 1906, c.1047,
ff.733-734), que dice: “El noble rey don Fernando, pues que ouo ganado la
çipdat de Cordova, penso en como la
meiorase, et començo luego en la yglesia, et refizola et adobola, et en pos eso
heredola”. Posteriormente es consagrada como Iglesia para el culto
cristiano por Juan obispo de Osma, canciller del Rey, (delegado
por el arzobispo de Toledo, Primado, ausente en Roma) y por otros cuatro
obispos, quienes “echada fuera la suziedat de Mahoma”, la
bendijeron y “restolaronla desta guisa...et aquel obispo don Juan...
torno aquella mezquita de Cordova en yglesia”. Posteriormente, fue elegido primer obispo de
Córdoba D. Lope de Fitero del Rio Pisuerga por el arzobispo de Toledo,
don Rodrigo Jiménez de Rada. Esta había
sido siempre la costumbre de los Reyes cristianos en el medievo, la de entregar a los obispos, como
representantes de la Iglesia, los edificios de las mezquitas musulmanas, tras
la conquista de las ciudades. No obstante, como apuntamos arriba, esta
titularidad medieval hoy, tras el Concilio Vaticano II, se cambia y la
ostenta todo el pueblo cristiano, siendo
por tanto de titularidad pública, aunque su actividad cultual y gestión
la lleve la jerarquía eclesiástica.
Por
lo que respecta a la Catedral de Sevilla, el rey Fernando III, tras su
conquista dela ciudad a los almohades en 1248, procede de forma análoga a lo
realizado en Córdoba. La mezquita almohade se la entrega a la Iglesia o poder
espiritual, representada por la jerarquía, siendo consagrado el edificio de la
Mezquita sevillana como Iglesia cristiana por
D. Gutierre Ruiz Dolea, obispo electo de Toledo, el 23 de diciembre de
1248 (Ballesteros Beretta, A. 2007, CCXCIV). Posteriormente, Alfonso X el Sabio
favoreció a la Iglesia de Sevilla, representada por su obispo D. Remondo y el
Cabildo catedralicio, con extensos donadíos.
Monseñor
Asenjo aduce también otro documento de Alfonso X el Sabio, como aval de la
donación de la mezquita mayor almohade a la Iglesia de Sevilla, el conocido
documento de donación a la Iglesia de todas las mezquitas de la ciudad de
Sevilla. Pero Monseñor Asenjo interpreta
mal este texto histórico. Es cierto que Alfonso X el Sabio confirma, el 5 de
agosto de 1252, el Privilegio por el que
su padre Fernando III otorgó a la
Catedral de Sevilla, a ruego de su hijo D. Felipe y hermano del rey Alfonso, “todas
las mezquitas que son en Sevilla, quantas fueron en tiempos de moros que las
haya libres e quitas por siempre por iuro de heredat, fueras tres mezquitas que
en la juderia que son agora sinagoga de los judios”. Sin embargo, en
esta confirmación de Alfonso X de la donación de esas mezquitas hecha por su
padre, no se incluye a la Mezquita mayor almohade, según cree el Sr. Arzobispo,
pues ya se había consagrado como catedral y porque quien administra
posteriormente esta donación de las mezquitas de Sevilla es Gonzalo Martínez de
Torre de Lobatón, denominado “mayordomo de las mezquitas” ( Ballesteros
Beretta, A. 2007, CC, CCI ss). La Mezquita, en cambio, siempre fue administrada
por el Cabildo. Posteriormente, el mismo rey Alfonso el Sabio reclamó al
Cabildo catedralicio, el 25 de agosto de 1260, una mezquita de las ya
entregadas para destinarla a “morada de los Físicos que vinieron de
allende ...e que en ella fagan la su enseñança”. Esta mezquita es la que servía como Hospital de
San Miguel y que, a mi juicio, constituye la erección en ella de la Facultad de
Medicina, la cual junto a las Facultades de Artes y Derecho forman parte de la
Universidad fundada en ese recinto por el
rey Alfonso X el Sabio, el 28 de diciembre de 1254, lo que la sanciona
como la primitiva Universidad de Sevilla, según reza una placa colocada en el
patio interior de la Casa del Cabildo eclesiástico de Sevilla (Moreno de la
Fuente, A. 2018, 36, 84 y ss).
Por
lo que, resumiendo, podemos afirmar que tales edificios de las mezquitas de
Córdoba y Sevilla fueron entregados por Fernando III a la Iglesia de Córdoba y
Sevilla respectivamente, representadas por los obispos consagrantes y
posteriormente por sus obispos
respectivos y gestionados por sus Cabildos. Esta era, según las Crónicas, la
costumbre de los Reyes cristianos en el medievo, tras la conquista de las
ciudades, que mantiene Fernando III. Según la mentalidad de la Cristiandad
medieval, refrendada en el derecho canónico de entonces y mantenida hasta el
Concilio Vaticano I, la Iglesia se identifica con el Papa y los obispos, que
ostentan el llamado poder espiritual. A partir, en cambio del Concilio Vaticano
II se transforma dicha doctrina, desligando a la Iglesia de su jerarquía o
dirigentes y volviendo a la doctrina primitiva de que la Iglesia se identifica
con la Asamblea o congregación de todos los bautizados, no con su jerarquía o
dirigentes. Hoy, por tanto, se puede mantener firmemente que todos los
edificios de los templos católicos, Catedrales, Basílicas, etc. son y
pertenecen a la Iglesia, a toda la
Iglesia, a todos los bautizados. Nuestros abuelos fueron los que los
construyeron, lo financiaron y lo mantuvieron. Y todos nosotros somos sus
herederos (aunque algunos hayan dejado de ser cristianos). Bienes que deben
tener por tanto una titularidad pública y, como patrimonio histórico deberán
formar parte del Patrimonio nacional, como bien público, gestionado por las
autoridades legítimas, aunque la posesión de uso cultual siga en manos de la
jerarquía eclesiástica. Lo que es injusto e inmoral a todas luces,
es que estos edificios singulares se hayan inscritos por primera vez en el
Registro de la Propiedad, a nombre exclusivo del Obispo o Cabildo de una
diócesis. Otra cosa será si se tienen
títulos válidos de propiedad, como cualquier persona, para poder apropiárselas.
CITAS:
-
BALLESTEROS BERETTA, Antonio (2007). Sevilla en el siglo XIII.
Introducción de Manuel González Jiménez. Sevilla: Ayuntamiento: Instituto de la
Cultura y las Artes.
-
GARCÍA MAURIÑO, José M.ª; MORENO DE LA FUENTE, Antonio (2012). Estado
laico, Iglesia laica. Sevilla: Punto rojo libros.
-
MENÉNDEZ PIDAL, Ramón (de) (1906). Primera crónica general : estoria de
España que mandó componer Alfonso El Sabio y se continuaba bajo Sancho IV en
1289, publicada por .... Madrid: Bailly-Bailliere e Hijos. Disponible
en: “Este enlace:” (Consulta
02-07-2018).
-
MORENO DE LA FUENTE, Antonio (1969). “Potestad del Papa sobre lo temporal,
según dos cuestiones inéditas de Gerardo de Abbeville”. En: Verdad y
Vida, n.º 108, pp.497-543.
-
MORENO DE LA FUENTE, Antonio (2018). La casa del cabildo catedralicio
sevillano, sede de la primitiva Universidad de Sevilla y del Estudio de San
Miguel. Almería: Círculo Rojo.