martes, 2 de octubre de 2018

EL MAYOR EXPOLIO AL PATRIMONIO PÚBLICO DE LA HISTORIA DE ESPAÑA: LAS INMATRICULACIONES DE LA IGLESIA CATÓLICA


Miguel Campillo Ortiz, Director del programa “Sintonía Laica” de la emisora Radiópolis, Sevilla
Juan Manuel Valencia Rodríguez

Los hechos

En las últimas décadas la jerarquía de la Iglesia Católica ha desplegado una práctica generalizada y voraz de inmatriculaciones de bienes, es decir, está inscribiendo a su nombre en los Registros de la Propiedad miles de inmuebles que no estaban inscritos antes, de los que por tanto no había constancia de que fueran propiedad de nadie. La mayor parte de ellos formaban parte del patrimonio público.

La tipología de los bienes inmatriculados es muy diversa, pues no se limita a edificios de carácter religioso –catedrales, iglesias, santuarios, ermitas, incluyendo templos construidos por suscripción popular o pertenecientes a Hermandades-, sino que se extiende a viviendas, casas parroquiales, casas de maestros, campos de fútbol, frontones, cementerios, locales comerciales, garajes, murallas, fuentes y plazas públicas, montes, huertos, viñedos y otras fincas rústicas, quioscos públicos, bungalows, y hasta un local de cazadores de Posadas o un video-club en Priego.

La magnitud y número de estas acciones evidencian que se trata de una actuación planificada por la jerarquía católica, que además ha operado de manera absolutamente opaca, clandestina, de manera que al día de hoy no sabemos cuántos bienes ha inmatriculado. La Iglesia reconoce estar en posesión de 24.000 inmuebles religiosos, a lo que habría que sumar otros tantos no relacionados con la actividad religiosa,  lo que hace suponer que en toda España la cifra puede alcanzar entre los 40.000 y los 60.000 bienes.

Entre los casos más emblemáticos se encuentran la Mezquita de Córdoba, la Giralda de Sevilla o la Seo de Zaragoza, que proporcionan a la Iglesia ingresos millonarios, por los cuales ni declaran ni tributan a la Hacienda pública. 


La Mezquita, inmatriculada en el año 2006, genera entre 12 y 15 millones de euros al año. Para acceder a la misma el Obispado cordobés exige el pago de una entrada que solo puede satisfacerse en efectivo y sin acreditación del cobro, no se da factura.

Ha habido intentos de desahucios de inquilinos, entre ellos una mujer de Lizoain (Navarra), de 88 años, que llevaba viviendo en alquiler 36 años en la Casa Parroquial, inmatriculada por la diócesis. A la petición por la juez de dejarla por el tiempo que durase su vida, el arzobispo contestó que no le concedía “ni un minuto más”. Finalmente la movilización vecinal impidió el desahucio.

Se trata sin duda del mayor escándalo inmobiliario de la Historia de España, un expolio de dimensiones descomunales que afecta a bienes culturales de dominio público de un valor incalculable. El patrimonio colectivo de los españoles queda así cercenado de manera brutal. Además, dada la organización jerárquica de la Iglesia Católica, significa poner ese inmenso caudal de bienes en manos de un Estado extranjero, el Vaticano.

Dos normas franquistas y una de Aznar, bases legales de las actuaciones

Las inmatriculaciones efectuadas por la jerarquía eclesiástica se fundamentan originalmente en dos disposiciones legales de la dictadura de Franco: el artículo 206 de la Ley Hipotecaria de 1946, que asemejaba a la Iglesia Católica con la Administración Pública, permitiéndole la inscripción registral de inmuebles con una simple certificación, y el  artículo 304 del Reglamento Hipotecario de 1947, que equiparaba a los obispos con los notarios y les facultaba para expedir dichos certificados. De manera que el procedimiento utilizado por la jerarquía eclesiástica resultaba muy sencillo: el obispo de la diócesis correspondiente certifica que la Iglesia es propietaria de un bien no inscrito, va al Registro, y sin presentar otro título de dominio, con esa sola autocertificación, inscribe la propiedad o dominio del bien.

En estos preceptos legales franquistas se excluía el registro de los templos y lugares de culto, que en su mayor parte eran bienes históricos y de carácter público, pese a lo cual en los años 80 se inmatricularon muchas iglesias y ermitas. En 1998 Aznar dio cobertura legal a esa práctica, al eliminar la exclusión registral de los templos. A partir de entonces quedaba abierto el camino para el expolio por la Iglesia del rico patrimonio histórico y cultural español. Las inmatriculaciones de la Iglesia anteriores a 1978 son muy escasas, pero, visto lo fácil del mecanismo, la Iglesia hizo un rastreo de los bienes no registrados, y desde 1998 hasta el 2015 esta práctica adquirió un ritmo desenfrenado.

Quedaba un flanco legal al descubierto: la posibilidad de que las inmatriculaciones de la Iglesia fueran declaradas nulas de pleno derecho en bloque mediante un recurso de inconstitucionalidad directo, dada la evidente inconstitucionalidad de las normas mencionadas (lo que se llama constitucionalidad sobrevenida). Pero nadie lo presentó: el Letrado Mayor de la Junta de Andalucía se negó a instarlo en su día, tampoco lo hizo el Congreso, y ningún juez elevó una cuestión previa de inconstitucionalidad, teniendo potestad para ello.

Ruiz-Gallardón, en su etapa como Ministro de Justicia, advirtió ese peligro, y para anularlo promovió la derogación de las normas franquistas, que consumó en 2015 su sucesor Rafael Catalá: ya no podía pedirse la inconstitucionalidad de una norma inexistente. Esto venía a suponer una “amnistía registral”, y a partir de entonces la única vía legal es la reclamación individualizada de cada bien inmatriculado, con la desventaja de que una vez inscrito un bien, la presunción corre a favor de la persona que ha inscrito dicho bien, y es quien impugna su propiedad quien debe demostrar que ese bien no pertenece a la Iglesia. Como además la jerarquía de la Iglesia actuó clandestinamente y no sabemos aún cuáles son todos esos bienes expoliados, la dificultad legal es mayúscula. 

Todo ello revela la íntima relación entre la Iglesia y Gobiernos, franquistas y del PP.
Devolver los bienes expoliados al Patrimonio Público

La solución más sencilla sería que la jerarquía de la Iglesia Católica española, con el refrendo del Vaticano, reconociese lo incorrecto de su proceder y anulase las inmatriculaciones. Sería ingenuo pensar que eso es posible, pero las asociaciones y comunidades cristianas de base están demandando a la jerarquía católica la devolución del patrimonio público expoliado.

Es de vital importancia que se dé a conocer ya, como vienen exigiendo las plataformas ciudadanas y han prometido los últimos gobiernos al ser un mandato aprobado por el Congreso de los Diputados, el listado completo de los bienes inmatriculados. Ha de exigirse la nota simple de cada registro, pues a menudo tras una iglesia inscrita hay múltiples bienes anexos. 

El recurso ganado por una empresa ganadera de Ucieza (Palencia), ha abierto una vía nueva para intentar restaurar la legalidad vulnerada: el Tribuna Europeo de derechos Humanos de Estrasburgo.

Nosotros no somos juristas, no estamos capacitados para señalar las posibles vías legales que permitan la reversión al patrimonio público de los bienes incautados. Lo que sí tenemos claro es que la Iglesia ha actuado de manera fraudulenta, apropiándose de manera clandestina de bienes públicos. Aunque muchos de ellos tengan aún uso religioso, son bienes de valor artístico, cultural e histórico de carácter público, erigidos en los siglos pasados  con el esfuerzo y las contribuciones forzadas del común de la población, y en muchos casos restaurados con fondos públicos, tanto españoles como de la Unión Europea. La ciudadanía debe movilizarse, presionar al Congreso de los Diputados y al Gobierno para que encuentren las soluciones legales para la reversión del patrimonio público, y exigir a la jerarquía católica española y al Vaticano que anulen esas actuaciones indignas e impropias de las doctrinas que dicen defender.