Antonio Sánchez Rodríguez
6 de
septiembre de 2022
Termina el verano, pero no terminan con él las obscuras tensiones globales,
no sólo no se irán, sino que todo apunta a que crecerán con el otoño y llegarán
al límite con el frío y con todo ello el problema del pueblo saharaui se vuelve aún más crítico.
El 15 de abril de 2022, hace poco más de cuatro meses nos hacíamos la pregunta ¿Por qué ahora el giro sobre el Sahara occidental?. Para intentar entenderlo en ese momento repasamos muy por encima resoluciones de la ONU, reivindicaciones y posicionamiento del pueblo saharauis, las presiones de Marruecos con el apoyo de sus ‘amigos’ hasta llegar a una Marcha verde negociada que invadió el Sahara Occidental con terribles consecuencias.
En ese momento siguió un compromiso de un siguiente artículo para tratar sobre
el resto de los acuerdos que en paralelo se negociaron a espalda de todos, como
fue el Acuerdo Tripartito de Madrid y sobre todo ‘sus acuerdos secretos’.
Hoy cuatro meses después, tenemos más información porque han salido a la
superficie situaciones que pueden ser consecuencia directa del sorprendente giró
que podrían explicarlo, pero ¡ojo! Nunca justificarlo, no existe justificación
alguna para enviar la carta del 14 de marzo que Pedro Sánchez remitió al rey de
Marruecos en una línea de la que probablemente se acabará arrepintiendo. En
cualquier caso siempre tenemos la oportunidad de seguir desentrañando lo que está
ocurriendo que debiera ser público. No obstante y respetando el compromiso
veamos el peculiar acuerdo, con sus secretos, porque es un método para gobernar
por caminos ajenos a los compromisos con los pueblos…
El acuerdo tripartito de Madrid
Ocho días después de haberse producido la mentira de la Marcha Verde que formaba parte del ‘paquete de las negociaciones’ con acuerdo tripartito incluido; a seis días de que se produjera la muerte de Franco y ocho antes de ser proclamado Juan Carlos de Borbón Rey de España por parte de las Cortes franquistas, se firma el Acuerdo Tripartito el 14 de noviembre de 1975, entrando en vigor por la Ley 40/1975, de 19 de noviembre 1975, del que se dijo: que era para regular el devenir de la provincia española del Sáhara tras la desaparición de la administración española. Dejando, eso sí, de lado a las resoluciones de la ONU, los criterios del Tribunal Internacional de Justicia y desde luego al principal implicado: el pueblo saharaui.
Este acuerdo se puede considerar el
paradigma de lo que no hay que hacer bajo ninguna circunstancia desde los
gobiernos y que sin embargo se puede volver a producir en nuestro país, eso, si
no se ha producido ya o si se sigue produciendo. De ahí el interés por
resaltarlo y destacar que las Relaciones Internacionales nos sorprenderán toda
vez que salgan a la luz al ser desclasificadas cuando ya nada se pueda hacer. La
conjunción de los Secretos de Estado y las Relaciones Internacionales es como
podremos ver, sencillamente una trampa con dos veredas.
En este sentido, el Consejo de Ministros,
aprobó el lunes 1 de agosto 2022 el anteproyecto de Ley de secretos oficiales
que fija un mínimo de 50 años para guardar los
"altos secretos" de Estado que es la categoría más sensible, desde
los 4 años de la considerada “restringida” y menos sensible.
O sea que
encaramos un camino en la línea comentada en el párrafo anterior: ‘eso, si no se ha
producido ya o si se sigue produciendo’ o como en este caso de la Ley, que se
pretende potenciar. Hay que decir sin paliativos, que este tramo de la Ley es una barbaridad,
cometida contra la transparencia, que solo proponerlo raya la desfachatez de un
paternalismo político desfasado, y una desconsideración a la madurez de un
pueblo que siempre podría participar en referéndum cuando el asunto lo
requiriese.
- ¿Qué se pretende con ocultar unos actos de gobierno
50 años?
- ¿Qué se pretende, que no sea la impunidad o eludir casi
una generación las responsabilidades?
- ¿Quién sobreviviría a sus actos?
Por otra parte y hace pocos días
Baltasar Garzón hacía referencia a las Relaciones Internacionales con estas
palabras:
"Las
relaciones geoestratégicas y las luchas entre bloques tienen un ámbito que normalmente no coincide con el día a día de
la ciudadanía, que sufre las consecuencias.”
Antes de entrar en los puntos del Acuerdo es importante conocer que todas las negociaciones se desarrollaron entre el año 1973 y 74 en un hervidero de idas y venidas a EE.UU. o Marruecos. Una alta actividad de las embajadas imposible de mostrar aquí por espacio, pero que se pueden ver algunas de ellas, sobre todo las de los EE.UU. y su Secretario de Estado el pragmático Henry Kissinger manejando el asunto siempre a sus intereses geopolíticos, en el siguiente enlace a la web ‘El Amigo americano’ y como partiendo EE.UU. de una “supuesta neutralidad” terminaron avalando todas las reclamas anexionistas marroquíes.
Un
punto de inflexión
De entre esas reuniones, son de vital importancia las que pudieron cambiar la historia manteniendo o alargando la situación frenando la cesión del territorio llevada a cabo por Juan Carlos al negociar por su cuenta y ocultando las mismas al gobierno del momento, una de ellas fue la del día 19 de diciembre 1973 entre Kissinger con Carrero Blanco, -de la página de la Wikipedia Acuerdo Tripartito- podemos leer sobre Carrero lo siguiente:
Del mismo modo, otro texto al respecto, es la visión del caso Carrero Blanco según la entrada de la Wikipedia -Luis Carrero Blanco-.“Luis Carrero Blanco, jefe de Gobierno y uno de los máximos defensores del mantenimiento del territorio a toda costa, será uno de los obstáculos para una independencia que se creía inminente.”
“En el año 2008 se
desclasifica una nota de la Embajada de los Estados Unidos en Madrid al
Departamento de Estado del Gobierno de
los Estados Unidos en el que se afirma que «El
mejor resultado que puede surgir... sería que Carrero desaparezca de escena,
con posible sustitución por el general Díez Alegría o Castañón».”
Al respecto, el día 19 de diciembre 1973 se reunió Kissinger con Carrero Blanco y comprendió que su visión del estado, su catolicismo integrista imbuido de un antisemitismo radical, etc. que era una alternativa posible de continuidad del franquismo, y pese a comprobar que en algunas de sus visiones coincidían como fue en la crisis del petróleo, en el control del Mediterráneo por EE.UU. así como del mundo árabe para evitar que la URSS llegase hasta el Atlántico, etc., pero ya no tanto coincidieron en que Kissinger mostrara su fuerte apoyo para que el control del mundo árabe se centrase en Israel. Al parecer, las discrepancias eran mayores y no encajaba en la línea deseada.
El día siguiente se produce el
atentado, atribuido a ETA, contra Carrero Blanco en el que pierde la vida…, nunca
quedó claro si hubo o no intervención de la CIA, por otra parte la situación en
España era tensa tanto en la lucha independentista vasca, como en lo social y
laboral, hay que recordar también que el atentado se produjo apenas diez
minutos antes de que se iniciase el juicio conocido como ‘proceso 1001’ contra
líderes sindicales, si fue o no elegido este momento tampoco se conoce. En
cualquier caso el camino quedó abierto y polarizado…
“A la muerte de Carrero, la cuestión
pasará del sí o el no a la independencia, al binomio entre: los partidarios de defender los dictámenes de la
ONU y la celebración del referéndum, encabezados por el ministro de Asuntos
Exteriores Pedro Cortina y aquellos que eran más próximos a los intereses
soberanistas de Marruecos liderados por el ministro-secretario general del
Movimiento Nacional, José Solís Ruíz, y el Presidente del Gobierno Don Carlos
Arias Navarro
De igual manera además de las dos
tendencias políticas existentes en España, aparecen, cómo no, la participación
de grandes empresas españolas como grupo de presión en las negociaciones
también en las dos posiciones, que toman fuerza después de la desaparición de
Carrero Blanco como jefe de Gobierno. No obstante según los acuerdos secretos
parece que cualquiera de las empresas podría sacar partido de dichos acuerdos.
Las empresas
españolas también tomaron partido; los proargelinos,
partidarios del referéndum para la libre determinación del pueblo saharaui
fueron: Hispanoil, Dragados, Standard Eléctrica y Gas natural, entre otras, mientras
que los conocidos como entreguistas,
ya que pretendían un acuerdo con Marruecos para la anexión de facto, fueron:
Grupo Fierro, Banco Urquijo y Rumasa, así como medios de comunicación como ABC (periódico) y Blanco y Negro
(revista).”
Acuerdo
publicado y los acuerdos secretos
Los
puntos del acuerdo que se publicaron no fueron todos los que se acordaron, hubo
otros que se conocieron pasados más de dos años de la firma del mismo, que sacó
a la luz la Revista
INTERVIU publicando los puntos secretos del Acuerdo Tripartito. Si el acuerdo
en sí era una nefasta solución o mejor dicho ‘no era una solución sujeta a
derecho’ la honorabilidad de los firmantes quedó por los suelos ante la
comunidad internacional, salvo que esta ya no se sorprendiera ante nada, dada la
lejanía existente entre las Relaciones Internacionales y el Derecho
Internacional y sus ‘decisiones’ sujetas únicamente al ‘PODER’ de cada Estado,
en cualquiera de sus facetas.
Desafortunadamente,
respecto al Derecho Internacional, Derechos Humanos, el respeto a los pueblos,
la solidaridad hacia los estados más débiles, la ética o la moralidad, etc. Nada
quedaba de estos principios y menos aún en la actualidad.
“El acuerdo derogaba todas las normas y leyes anteriores, dando pleno poder
de decisión al Gobierno en pos de la salvaguarda de “los intereses españoles”.
Los acuerdos no serían publicados en el BOE por la muerte ese mismo día del
jefe del Estado, Francisco Franco.
La partición del territorio saharaui entre Marruecos (representado por el ministro de Exteriores, Ahmed Laraki
y Mauritania (representado por el
ministro de Asuntos Exteriores, Hamdi Uld Muknas) quedaría sellada mediante un
acuerdo sancionado mediante su publicación en el Diario Oficial del Gobierno de
Marruecos con fecha de 14 de abril de
1976. Este acuerdo dejaba en manos del reino de Marruecos las dos terceras
partes del territorio, mientras de la República Islámica de Mauritania se
quedaba con el tercio restante.”
Los Puntos del acuerdo, se pueden ver en
el enlace a la Wikipedia indicado anteriormente y prestar en el presente
artículo más atención a los acuerdos secretos.
Acuerdos SECRETOS. “TOP SECRET”.
El número 89 de la revista Interviú publicada el 26 de enero del 1978 en el que aparecieron por primera vez estos acuerdos secretos fue secuestrado judicialmente y posteriormente liberado el 1 de febrero de 1978. A continuación los cinco puntos:
1º). Pesca: Reconocimiento
conjunto por Marruecos y Mauritania de derechos de pesca en las aguas del
Sahara a favor de 800 barcos españoles, por una duración de 20 años y en las
mismas condiciones actuales, salvo el canon a ser abonado a partir del sexto
año. Durante los cinco primeros años, los barcos de pesca españoles quedarán
exentos de todo canon. Para los quince años siguientes abonarán un canon que
será el más favorable posible concedido a cualquier país tercero con una rebaja
convenida. Antes del comienzo del sexto año, una Comisión Mixta de las tres
partes se reunirá para fijar dicho canon.
2º). Bienes públicos: Antes del
31 de diciembre de 1975, expertos de los tres países se reunirán con objeto de
establecer la lista de bines públicos que sería transferida por España como
parte integrante del territorio, y la de aquellos otros bienes que pudieran ser
objeto de transferencia mediante el pago de la correspondiente indemnización.
Para estos últimos, las partes fijarán antes de dicha fecha las eventuales
modalidades de valoración, transferencia y pago.
3º). Bienes privados: Marruecos
y Mauritania se comprometen a respetar las propiedades privadas españolas en el
Sahara y asegurar a sus propietarios su libre disposición y una justa
indemnización en caso de expropiación.
4º). Comercio: Marruecos y
Mauritania estimularán el desarrollo de las corrientes de comercio tradicionales
entre España y el Sahara en el marco de sus reglamentaciones de comercio
exterior.
5º). Otras cuestiones: Antes del
31 de diciembre de 1975, expertos de España, Marruecos y Mauritania se reunirán
a fin de examinar y de resolver los problemas de navegación aérea y marítima y
de las comunicaciones en general, así como cualquier otro tema que pueda
derivarse de la transferencia del territorio del Sahara.
Nulidad del Acuerdo.
“… Pero los hechos de aquel período
-aun siendo insuficientemente conocidos en todos sus aspectos- permiten, no
obstante, establecer ciertas conclusiones muy precisas, conforme al derecho
internacional en vigor.
En primer término, que si un
territorio no autónomo, como el Sahara Occidental, «tiene en virtud de la Carta
una condición jurídica distinta y separada de la del territorio del Estado que
lo administra» y esta condición subsiste hasta que el pueblo de dicho
territorio «haya ejercido libremente su derecho de libre determinación de
conformidad con la Carta», el acuerdo de Madrid, de 14 de noviembre de 1975, es
nulo, pues el Gobierno español no podía hacer entrega del territorio, como se
pactó, a los Gobiernos de Marruecos y Mauritania. Su retirada del Sahara
Occidental hubiera requérido el establecimiento de una administración del
territorio, a cargo de las Naciones Unidas, pero nunca la concertada con estos
dos Estados y seguida de la ocupación militar por parte de los mismos.
En segundo lugar, dado que el
derecho de libre determinación de los pueblos es hoy una norma imperativa de
Derecho internacional, que no admite pacto alguno en contrario, la «Declaración
de Principios» hecha en Madrid, el 14 de noviembre de 1975, es nula, por ser
contraria a estas normas de jus
cogens. En efecto, el objeto y
fin de dicho acuerdo fue privar al pueblo saharaui, mediante una ocupación
militar de su territorio, del derecho a expresar libremente su voluntad,
mediante un referéndum. La consulta a la «Yemaa» que figura en el citado
acuerdo, al constituir una simple farsa, no fue otra cosa que una flagrante
burla del Derecho de las Naciones Unidas y que éstas se negaron a admitir,
rechazando el envío de un representante del secretario general.
«Crimen,
internacional»
Finalmente, la violación grave de
una obligación internacional de importancia esencial para la salvaguardia del
derecho a la libre determinación de los pueblos «como la que prohíbe el
establecimiento o el mantenimiento por la fuerza de una dominación colonial»,
constituye un hecho internacionalmente ilícito, que da lugar a la
responsabilidad internacional del Estado ante la comunidad internacional y que
a juicio de la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, debe
ser calificada como un «crimen internacional». Los actos realizados por los
Gobiernos de Marruecos y Mauritania con posterioridad al 14 de noviembre de
1975, al ocupar militarmente el territorio del Sahara Occidental y proceder a
su reparto, puede estimarse que quedan comprendidos en el supuesto del precepto
anteriormente citado, pues, de hecho, equivalen a establecer una nueva -y más
cruel- dominación colonial del territorio.”
En la cascara del acuerdo sólo vemos a
tres firmantes Marruecos, Mauritania y una España que intentaba pasar la bola a
la Yemaá, organización que no era representativa del pueblo saharaui sino de un
sector creado y apoyado por España y por tanto ambas partes en plena sintonía.
Pero esa era la parte visible, no se puede olvidar que detrás estaban involucrados
otros estados interesados en que saliera adelante una solución en la que el
pueblo saharaui y sus auténticos representantes fuesen dejados a un lado. Estos
fueron Francia, EEUU y Arabia Saudita en colaboraciones concretas.
Si de estos países, junto a Marruecos,
queda por decir el daño que hicieron y siguen haciendo al pueblo saharaui, desde
la entrada en la presidencia de Trump en los EE.UU., la aparición del Covid, la
crisis energética y económica provocada por el virus y el aumento de estas crisis
por el conflicto de Ucrania no son menos importantes los daños provocados al
pueblo saharaui por las decisiones tomadas por diferentes países en busca de
sus propios intereses