Vientos de Cambio Justo

martes, 22 de mayo de 2018

MENORES PROTEGIDOS: INVISIBLES Y OLVIDADOS



La Junta de Andalucía no ha elaborado un estudio serio (ni creo que lo elabore nunca) que ponga al servicio del ciudadano y de la propia Administración la información que permita valorar la bondad, maldad o perversión, en su caso, de las políticas de protección de menores.

JOSE ANTONIO BOSCH

21 de mayo de 2018

El pasado mes de marzo se publicaron las observaciones finales del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas sobre los informes periódicos quinto y sexto combinados de España. Tras examinar los dos citados informes de España, el Comité, en sendas sesiones celebradas en enero y febrero de este año, realizó una serie de observaciones sobre determinadas cuestiones que preocupan al Comité en lo que podríamos denominar incumplimientos o deficiencias relativas a la aplicación de la Convención de los Derechos del Niño en el Estado español.

Previo a todo, hay que señalar varias cuestiones, la primera, que como quiera que la competencia de protección de menores está transferida a las Comunidades Autónomas, los incumplimientos o deficiencias imputadas al Estado español son, mayoritariamente, los causados por las diferentes CC.AA; la segunda, que con el término “niño” se abarca a toda persona menor de 18 años con independencia de su sexo, por lo que en el presente escrito mantendremos el término para hacer coincidente su significado con el utilizado por el Comité; y, finalmente, que cada una de las observaciones y de las recomendaciones que realiza el citado Comité merecería una entrada de nuestro blog, por lo que vamos a centrarnos en una sola para no extendernos en demasía.

Recoge el citado texto la “seria preocupación del Comité” con relación a los niños privados de un entorno familiar, el elevado número de niños atendidos en centros de acogida y el hecho de que, en la práctica, este tipo de atención es la opción principal utilizada como medida inicial. Quién escribe la presente entrada lleva años denunciando el abuso que se realiza desde la Administración encargada de la protección de menores de las declaraciones de desamparo, así como las ratificaciones que reciben desde los Tribunales de Justicia, y ello por diversos motivos. En primer lugar, por entender que se vulnera de forma constante la Convención de los Derechos del Niño, amén de variada normativa internacional, estatal y autonómica relativa a la protección del menor, por cuanto la obligación primera que se impone a los Estados en esta materia es la de velar para que el niño no sea separado de sus padres; según esta normativa, si surgen disfunciones en el seno familiar que puedan suponer un riesgo para el niño, deberán tratar los poderes públicos de poner los medios para solucionar las disfunciones en el seno de la familia directa; si a pesar de la intervención pública, se siguen produciendo situaciones que puedan suponer riesgo o peligro para la integridad física o moral del niño, el menor deberá ser extraído de la familia directa y acogido por la familia extensa y si todo lo anterior falla, el menor deberá ser internado en un centro, el menor tiempo posible, lo que se tarde en buscarle una nueva familia. 


Frente a lo anterior, nuestros Servicios Sociales, saltándose todos los pasos intermedios, acuden en exceso a decretar el desamparo de menores que se extraen de su familia directa, no posibilitándose su acogimiento en la familia extensa por lo que muchos menores llegan a los centros de protección de los que, tras largos “peregrinajes”, son puestos en la calle con dieciocho años sin formación, ni oficio ni beneficio, afirmación que sustento no sólo en el conocimiento directo y experiencia profesional de quién escribe el presente, sino de las propias observaciones que realiza el Comité que muestra su preocupación, por el apoyo insuficiente a los niños en su transición de la infancia a la edad adulta en España, manera elegante de decir que cuando un menor cumple dieciocho años, el centro en el que está acogido lo pone “de patitas en la calle” con la única deferencia de, en algunos casos, llamar a la familia a la que se lo quitaron cuando era niño, por si se quieren hacer cargo del ya adulto. Centros que, dicho sea de paso, en su mayoría están regidos y atendidos, explotados, por ONG sin ánimo de lucro, requisito este indispensable para que la Administración concierte con entidades privadas el cuidado y atención de nuestros niños cuando son extraídos de su entorno familiar.

Y todo esto se hace invocando el supremo interés del menor, interés que los ciudadanos debemos de aceptar que es bien atendido porque así nos lo cuentan cuando se ofrecen por la Junta de Andalucía datos sobre el número de menores tutelados y, para colmo, se hace mostrando músculo y orgullo de la cantidad de intervenciones y del gran número de menores cuya tutela está en manos de la Administración (mejor dicho de ONG); pero con independencia de que el gran número de menores tutelados lo que pone en evidencia es la falta absoluta o la ineficacia de las políticas de prevención en la protección menores, los números abstractos no indican nada. La Junta de Andalucía no ha elaborado un estudio serio (ni creo que lo elabore nunca) que ponga al servicio del ciudadano y de la propia Administración la información que permita valorar la bondad, maldad o perversión en su caso, de las políticas de protección de menores. Se nos informa de los menores retirados y de los peligros de los que la Administración apartó, pero no se nos dice que fué de aquellos menores cuando cumplieron dieciocho años, y cuál era su situación cuando alcanzaron los veinticinco o treinta años; no se nos informa de su nivel de formación, de su grado de integración social o de cuestiones tales como cuantos de los menores que pasan por los servicios de protección de menores pasan luego por los Juzgados de Menores y cuántos de éstos pasan posteriormente por los Juzgados de lo Penal y la prisión; se nos cuentan los peligros que se evitaron con las declaraciones de desamparo, pero no los daños que se generaron con las mismas.         

No sé si las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas harán reflexionar a alguien, lamentablemente soy bastante escéptico al respecto, pero sobre lo que no tengo duda alguna es que mientras continúe la autocomplacencia del sistema sobre la bondad de la política de protección, mientras la capacidad de autocrítica de la Administración brille por su ausencia y la prepotencia siga siendo la enseña de los Servicios de Protección de Menores, las críticas del Comité continuarán y, lo que es peor, se seguirá dañando a muchos de los menores de los que pasan por los Servicios de Protección, pero eso sí, como no se facilitarán datos pasarán a formar parte del nutrido grupo de víctimas invisibles de nuestra sociedad.