Vientos de Cambio Justo

martes, 11 de febrero de 2020

MENORES OLVIDADAS




JOSE ANTONIO BOSCH
Abogado.

11 de febrero de 2020

Hasta el mes de julio del 2015, cuando una menor de 16 o 17 años alegaba de forma fundada que solicitar el consentimiento a su padre o madre para interrumpir su embarazo le provocaba un conflicto grave con posibilidad de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos o la posibilidad de una situación de desarraigo o desprotección, la ley permitía que se practicase la interrupción del embarazo sin conocimiento ni consentimiento de sus progenitores.

Con los datos del Ministerio de Sanidad, en España no llegaban a cuatrocientas jóvenes al año las que acudían a los centros acreditados de interrupción de embarazo sin ser acompañadas por padre, madre o representante legal y, sin embargo, en base a una supuesta protección de las menores se cambió la ley, imponiendo desde entonces la necesidad de que el progenitor o responsable legal consienta el aborto de las menores de dieciocho años.

Se supone que cuando se modifica una norma es para mejorarla porque existe una nueva realidad social que reclama la reforma, pero no cabe duda que esto es una mera suposición y que son muchas las motivaciones que hay tras una reforma legislativa y ni qué decir tiene que muchas más y no todas abiertamente expresadas, cuando lo que se modifica es una ley de aborto con los votos de los partidos de la derecha.


Así, tras más de cuatro años desde la entrada en vigor la referida reforma, ya podemos analizar los beneficios o desventajas del indicado cambio, que no hay que olvidar afecta anualmente, aproximadamente, a cuatrocientas jóvenes.

Hace unos meses los medios se hicieron eco de una tragedia; una pareja de adolescentes, después de que la chica diera a luz en un hostal, el chico procedió a tirar al bebe al río Besós, donde murió ahogado. Al parecer, la menor había tratado de abortar, pero le dijeron que necesitaba la autorización de sus padres, lo que la hizo desistir.

Estudios recientes indican que hay menores que acuden a Internet en búsqueda de remedios que les permitan abortar porque no son capaces de hablar con sus padres e informarles de que están embarazadas, por miedo a que la reacción de sus padres les cause un daño mayor que el riesgo a una interrupción voluntaria de embarazo sin garantía sanitaria alguna.

La ley cambió para, en palabras de su exposición de motivos, que la menor pudiera contar “en un momento crucial y complicado de su vida, con la asistencia de quienes ejercen su patria potestad”, pero lo que demuestra la cruda realidad es que la menor, que entonces y ahora no puede contar con su padre o con su madre, bien porque se desentienden, porque ni están ni se les espera, o porque el temor fundado a represalias graves le empuja al prudente secreto o por circunstancias similares, no va a dejar de abortar por ello sino que buscará la forma de abortar despreciando el riesgo que supone interrumpir el embarazo al margen de los centros sanitarios, o parirá, con resultados tan tristes como el del rio Besós o tan dramáticos como es tener un hijo no deseado en plena adolescencia.

No había un problema, una necesidad social que justificase la modificación de la norma y, sin embargo, su cambio sí ha producido problemas, además de dejar más desprotegidas a las menores que decía se pretendía proteger. El hecho de que una menor no pueda contar con sus padres, de que el miedo a comportamientos violentos de éstos le impida la comunicación con ellos, no se arregla cambiando la edad de consentimiento de la mujer, sino cambiando a los progenitores. Lamentablemente, el cambio en los progenitores no se logra con una norma, sino con educación. Esto es demasiado lento.

Soy consciente de los enormes retos y problemas que tiene por delante el Gobierno de España pero no por ello podemos olvidar que, año tras año, cuatrocientas mujeres se enfrentan al hecho de que, a pesar de haber tomado la decisión de poner fin a un embarazo no deseado, no tienen apoyo ni del sistema público de salud ni de los servicios sociales y que las dos únicas opciones que les quedan son o bien asumir el riesgo de pasar al enfrentamiento abierto con sus progenitores con la posibilidad de violencia física o incluso de ser expulsadas del seno de la familia o bien acudir al mercado clandestino asumiendo los riesgos que ello conlleva para la salud.

Cuatrocientas mujeres al año parecerán pocas o muchas en función de la sensibilidad y conciencia de cada uno. A mi juicio son demasiadas como para ignorarlas, entre otras razones porque coincide que, la casi totalidad de ellas, previo a sus embarazos ya están en situación de gran vulnerabilidad por no decir en situación de desprotección.

La solución es bien fácil. Tan sólo requiere derogar la Ley Orgánica 11/2015 que modificó la Ley del Aborto, devolviendo a su artículo 13 su redacción inicial. Cuatrocientas mujeres al año agradecerán la modificación amén de que evitaremos dramáticos sucesos como el del río Besós e impediremos el desarrollo de un mercado clandestino del aborto con las graves consecuencias para la salud que este tipo de mercado conlleva.