Enrique Cobo
24
de marzo de 2020
Estamos
alarmados, en estado de alarma, luchando contra un virus para intentar salvar
cuantas más vidas mejor. Estábamos hace poco tiempo, aunque parezca una
eternidad, en trance de acometer importantes decisiones para nuestra vida en
comunidad que si los presupuestos del estado, la reforma de la ley de
educación, la norma que regule la eutanasia…
Intuyo
que esta situación excepcional no va a ir solamente de ver como vencemos al
dichoso virus. Me parece que esto va a tener alguna consecuencia más, algunas
que deseo y otras que temo. Es por eso que en estado de alarma me propongo a
aportar alguna reflexión a algún asunto importante en el que estamos… o en el
que estábamos. Pretendo hacer una sugerencia para avanzar en la resolución de
la controversia enseñanza pública y enseñanza concertada (en otra ocasión
hablamos de la enseñanza privada-privada).
Estamos,
y estaremos siempre, comprometidos en enfocar la educación pública como asunto
muy importante para las personas y para las comunidades en las que se
desarrollan. Siempre nos plantearemos el fin, los objetivos y los medios para
conseguirlos. Siempre estamos y estaremos en la misma dialéctica.
Los
padres y madres tenemos nuestro papel y unos límites para actuar con nuestros
hijos. Todos los padres queremos hijos sanos, libres y capaces de decidir sus
relaciones con el mundo y con los demás. Queremos que tengan los instrumentos y
las actitudes necesarias para que puedan y sepan vivir bien. Hay cantidad de
asuntos que no podemos resolver por nosotros mismos como es el caso de su salud
y de su instrucción.
Como
vivimos en sociedad concertamos acuerdos para hacer juntos lo que no podemos
hacer solos y de ahí es desde donde hemos dado con una técnica: La educación
pública como derecho universal que las instituciones democráticas han de
garantizar. En esas estamos… y estaremos siempre.
Para
que se cuente con nuestro parecer nos ponemos de acuerdo en dos o tres asuntos
importantes: que contenidos y qué instrumentos ponemos al alcance de
nuestros hijos, de los hijos de todos, y quienes
han de asistirles en la tarea.
Como no es posible que cada familia establezca
qué contenidos, que objetivos y quien educa, hemos de acordarlo. No es pues
cuestión planteable de quien son propiedad los hijos porque estamos todos de
acuerdo en que no son objeto apropiable sino personas, individuos, que tienen
derechos y deberes. El tema es consensuar que objetivos y qué medios aportamos
a la tarea de educar, y quienes hayan de ser los educadores de la forma en que
se consensua en democracia.
Los
padres, individualmente, no pueden establecer los contenidos ni otros
objetivos de la instrucción pública ni nadie tiene el derecho de imponerles
su parecer. Unos y otros solo pueden ser fijados en virtud de un acuerdo
democrático que se formalice en una norma que sea de obligado cumplimiento y
exigible por todos.
Sobre
uno de estos temas es sobre el que quisiera aportar alguna solución para el
debate de la reforma de la ley de educación: quien desempeña la tarea de ayudar a los educandos a alcanzar los
objetivos democráticamnete propuestos.
El
estado ha de exigir la capacitación técnica a aquellos que pretendan desempeñar
esa labor como responsable que es de procurar el cumplimiento de los objetivos
que la norma establezca. Si hay más titulados que necesidades de ellos en la
enseñanza pública es lógico que se proceda a métodos de selección acordados democráticamente.
Parece razonable y así lo hemos acordado desde hace mucho tiempo, que la
educación provista por el estado, la educación pública, se lleve a cabo previa
selección pública de los educadores. En este momento el procedimiento es el que
venimos llamando “oposiciones”.
El
estado no puede discriminar a los aspirantes por su ideología, sus creencias,
…, según el mandato constitucional; así que todo educador seleccionado por el
estado, y pagado por el estado ha de adquirir el derecho a ejercer la profesión
de la misma y única forma.
Si
esta reflexión es válida podremos estar una primera conclusión: Los educadores de la enseñanza pública
dispensada en centros públicos o privados ha de llevarse a cabo por
profesionales seleccionados en virtud de su capacidad por los medios o pruebas
selectivas que han de ser iguales para todos. Es decir los profesores de la
educación pública, concertada con centros privados, deberían superar, hoy por
hoy, las oposiciones o, en su día cualquier prueba selectiva que se decida en
la norma correspondiente y , desde luego, evitando de cualquier manera su
discriminación en virtud de sus opiniones, ideología, creencia.
Hoy
por hoy no es como se hace sino que “los privados”, a los que se les exige una
serie de requisitos para poder realizar los procesos cuyos objetivos se fijan
en la norma pública, si bien no pueden elegir objetivos y contenidos de la
enseñanza si pueden, por el contrario seleccionar a los profesores que la impartan.
Una proporción importante de esta enseñanza “concertada” por el estado con los
“privados” la lleva a cabo la Iglesia Católica pero también otros podrían
ejercer esa posibilidad de concertar incluso los partidarios de determinadas
ideologías podrían, tendrían el derecho si cumplieran los requisitos de la
norma optar a ejercer la función de educar concertando con el estado.
¿Es
lógico, desde el punto de vista público, que grupos de distintas “doctrinas” o
ideologías pudieran tener sus propios centros y elegir a los “maestros” de
acuerdo con sus creencias o ideologías” y exigir que sus emolumentos los pague
el estado que no participa en su selección pero sin embargo si acepta su
capacidad para ese servicio público aunque sabe que la selección se realiza en
virtud de la proximidad ideológica con los titulares del centro educativo
concertado? En mi lógica no cabe y me parece que en la Constitución tampoco se
contempla como la discriminación que nos consta a todos que se ejecuta en la
selección de los educadores en la enseñanza “concertada”.
Desde
mi punto de vista no puede ser decisión del estado concertar la enseñanza
obligatoria doctrinaria ni parece lógico que pague a maestros que la ejecuten
seleccionados en virtud de sus creencias o ideologías sin participación alguna
de los poderes públicos que son los que han de garantizar una educación pública
impartida por profesionales seleccionados por el mismo procedimiento, en este
caso “las oposiciones”.
Conclusión:
Debe contemplar la reforma de la ley de educación en trámite que el profesorado de los centros públicos
o concertados con las instituciones públicas procedan de la superación de
pruebas selectivas iguales para todos, en este caso, todos han de “aprobar las
oposiciones”.