El trabajo ya no es
el esfuerzo para transformar la naturaleza a beneficio de las personas, hace
tiempo que se convirtió en una mercancía cuya unidad es “tiempo” de la vida de
una persona vendido a bajo precio a otra para servirle en sus empresas y negocios
sean o no de interés social y que está sujeta a control horario.
Antonio Sánchez
Rodríguez
21
de mayo de 2019
Antecedentes
de la Nueva Ley:
El 26 de julio de 2017 CC OO y otros tres sindicatos
presentaron un conflicto colectivo al Deutsche Bank que desembocó en el auto de la
Audiencia Nacional que lo elevó ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
(TJUE). Al parecer a la Inspección de trabajo (IT) la legislación
anterior le planteaba dudas para determinar el número de horas de trabajo, su
distribución en el tiempo, así como la diferenciación entre normales y extras.
Un mes antes
- junio de 2017- el PSOE presentó en el Congreso de los Diputados (gobierno de
Rajoy) una proposición de ley “para
incluir la obligación de registrar diariamente e incluyendo el horario concreto
de entrada y salida respecto de cada trabajador”. En esta proposición el
PSOE aseguraba que en 2015 cada semana 14.773,48 trabajadores por cuenta ajena
hicieron 6,2 millones de horas extras de media a la semana, de las que más de
la mitad, 3,48 millones, no se pagaron. Todo el mundo lo sabía, pero ahí estaba
la cosa durante años.
El BOE del
12 de marzo de 2019 (Gobierno de Pedro Sánchez con el apoyo de otras fuerzas de
izquierda y nacionalistas) publica el RDL 8/2019 de 8 de marzo de medidas
urgentes de protección social y de lucha contra la
precariedad laboral en la jornada de trabajo. En el mismo, se determina que el
registro de jornada será de aplicación a los dos meses de su publicación.
Dos días
después de su entrada en vigor -14 de mayo de 2019-, el TJUE falla que ese control debe existir y además,
sentencia que los Estados de la UE, no solo España, deben regularlo para
asegurar que los empresarios respeten “la duración máxima del tiempo de
trabajo” y evitar los abusos laborales. Pero desde el ámbito empresarial se argumenta
que esto es una medida más propia del siglo XX (yo añadiría que no, que lo es
del siglo XVIII). Tampoco los sindicatos quedaron plenamente satisfechos por
falta de concreción y no fijar más obligaciones a las empresas.
Otra forma de ver la implantación de
la Ley:
