- Los Acuerdos
con la Santa Sede de 1979, que amparan la inclusión de la enseñanza religiosa
confesional en los centros públicos, deberían ser suprimidos
- Solo la red pública garantiza la función social y
emancipadora de la educación
- La enseñanza laica favorece la formación de niños y jóvenes en
la libertad de conciencia
Juan M. Valencia Rodríguez (Doctor en Historia, profesor en Institutos de Enseñanza
Secundaria, jubilado)
21 de febrero de 2020
NOTA.-
Este artículo es continuación del publicado el pasado martes 18 de febrero, “ENSEÑANZA
PÚBLICA Y LAICA (I). La anomalía de la enseñanza concertada
La
enseñanza de la religión en los centros públicos
La Iglesia y sus diferentes congregaciones acogen a siete de
cada diez estudiantes (70 %) de la red concertada, casi un millón y medio de
alumnos en toda España.
La
Constitución no ampara el sostenimiento público de la enseñanza privada
confesional. Donde sí se habla de ello es en los acuerdos con el Vaticano
firmados en 1979 por el entonces Gobierno de la UCD. En su artículo I se
establece que “la
acción educativa respetará el derecho fundamental de los padres sobre la
educación moral y religiosa de sus hijos en el ámbito escolar. En todo caso, la
educación que se imparta en los centros docentes públicos será respetuosa con
los valores de la ética cristiana”. A
tal fin, los planes educativos en los niveles de Primaria y Secundaria “incluirán la enseñanza de la religión
católica en todos los Centros de Educación, en condiciones equiparables a las
demás disciplinas fundamentales”. En el artículo III de los acuerdos se
estipula que la enseñanza religiosa será impartida por personas propuestas por
los Obispados.
Es decir, además de la anomalía que supone
dedicar fondos públicos a sostener centros privados (enseñanza concertada), el
sentido de lo público se rompe también a través de la inclusión en el currículo
oficial vigente de la enseñanza religiosa confesional, impartida por profesores
no seleccionados como el resto en un proceso público y transparente, sino
designados directamente por la autoridad religiosa. Además, las clases de
Religión se establecen como alternativa a las asignaturas de “Valores sociales
y cívicos” o “Valores Éticos”, de manera que se les veda a los alumnos
asignados a la asignatura de religión la posibilidad de formarse en los valores
cívicos, universales y laicos que se abordan en esas materias.
Contenidos educativos del pacto de gobierno PSOE-Unidas Podemos

