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viernes, 24 de julio de 2026

Fraude de ley

Considero que el objetivo real de la norma no es proteger a la embarazada y a su familia porque, de ser así, el centro de la regulación sería la mujer gestante.


José Antonio Bosch. Abogado.
24 de julio de 2026.

El pasado 10 de julio se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Ley 5/2026, de 7 de julio, de reconocimiento del concebido en la aplicación de las medidas de apoyo a la familia en la Comunidad de Madrid. Aunque el texto presenta algunas aristas jurídicas sobre las que, previsiblemente, terminará pronunciándose el Tribunal Constitucional, no es precisamente lo que dice la ley, su letra, lo que me preocupa, sino lo que no dice: su espíritu y las justificaciones y motivaciones que, al margen de su preámbulo, han venido difundiendo sus promotores.

A grandes rasgos, la nueva norma trata de establecer ayudas a la mujer embarazada y a la familia en la que se produce un embarazo, adelantando en el tiempo determinados beneficios que se obtendrían tras el nacimiento del nuevo miembro. Así, en lugar de tener que esperar al nacimiento para acceder a ciertas ayudas, se tiene por «nacido» al feto meses antes de que su madre dé a luz. Inicialmente, nadie en su sano juicio puede oponerse a que se aprueben ayudas para una familia en un momento en que aumentan sus necesidades y gastos y, además, como consecuencia de una actividad que interesa al conjunto de la sociedad: la reproducción. Pero ¿realmente lo que le importa al Gobierno de la Comunidad de Madrid es la protección de la familia y la promoción de la natalidad?

A mi juicio, la respuesta es no. Existen razones evidentes que justifican esta posición y que permiten sostener que el fin último de la norma es ir allanando el camino hacia la reducción de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y, más concretamente, del derecho al aborto.

Considero que el objetivo real de la norma no es proteger a la embarazada y a su familia porque, de ser así, el centro de la regulación sería la mujer gestante. Sin embargo, el eje sobre el que se construye la ley es el cigoto, embrión o feto, denominado eufemísticamente «concebido no nacido». La Asamblea de Madrid sabe perfectamente que, en nuestro sistema jurídico, la personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno, y que el nasciturus no es titular de derechos fundamentales en sentido propio por no ser persona.

Ese obstáculo jurídico ha frustrado reiteradamente los intentos de quienes han pretendido acabar con el aborto argumentando que vulnera el artículo 15 de la Constitución, aquel que proclama que todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral. La discusión ha consistido precisamente en intentar incluir dentro de ese «todos» al embrión y al feto, e incluso, en las posiciones más extremas, al óvulo fecundado.

Ya en diciembre de 1983, Alianza Popular, antecedente del actual Partido Popular, se opuso a la despenalización del aborto mediante un recurso previo de inconstitucionalidad interpuesto por José María Ruiz-Gallardón, comisionado por cincuenta y cuatro diputados de las Cortes Generales, contra el texto definitivo del Proyecto de Ley Orgánica de reforma del artículo 417 bis del Código Penal.

La oposición continuó con el recurso presentado en junio de 2010 por Federico Trillo-Figueroa y Martínez-Conde, diputado y comisionado de otros setenta diputados del Grupo Parlamentario Popular, contra la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Y volvió a manifestarse en enero de 2014 con el Anteproyecto de Ley Orgánica para la Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada, iniciativa que finalmente le costó el cargo al entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

No obstante, para apaciguar a los sectores más conservadores de su electorado, el Gobierno de M. Rajoy impulsó posteriormente la Ley Orgánica 11/2015, de 21 de septiembre, destinada a restringir el acceso al aborto de las mujeres de 16 y 17 años.

Volviendo al presente, cuando el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid presentó el proyecto de ley ante la Asamblea para su votación, justificó la necesidad de la norma citando, entre otras referencias, al papa León XIV y su alegato en favor de la vida. En términos similares se expresó el portavoz del Partido Popular durante el debate parlamentario, apelando incluso a la denominada «cultura del descarte». Semejantes justificaciones, ausentes del preámbulo de la ley, no parecen responder a la voluntad de ayudar a la embarazada y a su familia, sino más bien a un posicionamiento ideológico claramente definido.

La lucha de la derecha española contra el aborto no es nueva, ni ha dejado nunca de ocupar un lugar destacado entre sus prioridades políticas. Lo novedoso es la estrategia empleada. Aunque se trata de una táctica ya utilizada en distintos países gobernados o influenciados por la extrema derecha populista, su incorporación al panorama español merece atención. No se trata de atacar frontalmente el aborto, sino de construir progresivamente una narrativa que permita justificar, llegado el momento, su prohibición o la imposición de restricciones tan severas que hagan inviable su ejercicio efectivo.

La estrategia consiste en avanzar gradualmente en el reconocimiento de derechos al cigoto, al embrión o al feto, aproximándolos cada vez más a la condición jurídica de persona. No es casual que el artículo primero de la ley establezca que su objeto es «habilitar la asimilación del concebido no nacido al hijo ya nacido». Tampoco parece casual la elección del verbo asimilar, cuya acepción, según la Real Academia Española, incluye la idea de equiparar o considerar iguales dos personas o cosas.

Lo que se pretende es acostumbrar a la sociedad a identificar el concepto de «concebido no nacido» con el de «persona». Una vez consolidado ese relato, el paso siguiente resulta sencillo desde el punto de vista argumentativo: si toda persona tiene derecho a la vida y el concebido no nacido es considerado una persona, el feto tendría también derecho a la vida en términos equivalentes. Esa sería la base discursiva sobre la que podría construirse una futura limitación radical del derecho al aborto.

Cuando los ciudadanos realizamos un acto que, respetando aparentemente la letra de una norma, persigue vulnerar su espíritu o finalidad, nos encontramos ante lo que jurídicamente se denomina fraude de ley. También los parlamentos pueden incurrir en dinámicas semejantes cuando aprueban disposiciones que, más allá de lo que afirman sus exposiciones de motivos o preámbulos, persiguen en realidad eludir o erosionar otras normas del ordenamiento jurídico. Cuando se utiliza de forma torticera una institución jurídica para sortear mandatos constitucionales, estamos igualmente ante un fraude.

Conviene recordar que, en nuestro país, el Tribunal Constitucional ha declarado que la decisión de la mujer de interrumpir su embarazo encuentra amparo en el artículo 10.1 de la Constitución, que consagra la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad, así como en el artículo 15, que garantiza el derecho fundamental a la integridad física y moral. Esta realidad normativa, junto con la evolución de la jurisprudencia y la amplia aceptación social del aborto, explica que determinados sectores hayan abandonado la confrontación directa para buscar nuevas estrategias encaminadas a lograr la ilegalización o la práctica imposibilidad de cualquier interrupción voluntaria del embarazo.

Si la Asamblea de Madrid quisiera realmente apoyar a la mujer embarazada y fomentar la natalidad, como afirma, podrían plantearse innumerables medidas con una eficacia mucho mayor: acceso a la vivienda, salarios dignos, refuerzo de la atención primaria, ampliación de la red de escuelas infantiles, comedores escolares, políticas efectivas de conciliación laboral y familiar y un largo etcétera de iniciativas que sí inciden directamente sobre las decisiones reproductivas de las familias.

Por el contrario, se ha optado por una norma cuya incidencia real tanto sobre la natalidad como sobre la situación material de las mujeres embarazadas es muy limitada. Sin embargo, la escasa eficacia práctica de su letra contrasta con la potencia simbólica de su mensaje, que contribuye a construir y reforzar un relato ideológico que podría servir, más pronto que tarde, para promover una reducción sustancial de los derechos sexuales y reproductivos.

Conviene desconfiar de estas músicas seductoras y de estos cantos de sirena que, como en el relato homérico, actualmente tan de moda, tratan de conducirnos lentamente hacia los arrecifes donde terminaran naufragando nuestras libertades.


Artículo publicado en NR Periodismo Alternativo 24/07/26.



martes, 29 de abril de 2025

PARIR, PARIR, MUJERES

 


José Antonio Bosch. Abogado.

29 de abril de 2025

Este artículo ha sido también publicado en NR Periodismo Alternativo.

 

En Sevilla, la ciudad en la que vivo, la portavoz municipal del Grupo VOX afirmaba recientemente que “hemos conseguido imponer nuestras políticas en el Ayuntamiento de Sevilla". Y no se puede negar que tiene toda la razón por cuanto, si el pasado mes de enero consiguieron retirar el apoyo municipal a los planes de igualdad de los Sindicatos, destinando el dinero de esos planes a un convento y a una ONG antiaborto, ahora, con apertura anunciada para el día 12 de mayo, ha sido presentada por el señor alcalde, en compañía de diversos cargos de VOX, la “Oficina de Atención a la Maternidad” cuya traducción al idioma de la calle se correspondería con “Chiringuito antiaborto”, cuya directora, elegida a dedo, candidata de VOX a las listas del Senado por Sevilla, es una profesional de la procura y antiabortista declarada.

Para el alcalde, militante del PP, que sigue una senda ya iniciada por el Ayuntamiento de Alicante, la nueva oficina es “una magnífica iniciativa” para combatir el “brutal” descenso de la natalidad en Sevilla, además de ser un requisito necesario para lograr la aprobación de sus presupuestos. Mucho más expresiva, la portavoz de la extrema derecha afirmó en la presentación de su oficina que “más que emergencia climática, tenemos una emergencia demográfica”, así que, al parecer, lo que les preocupa es el descenso de la natalidad en Sevilla a cuyo incremento pretenden contribuir.

martes, 7 de mayo de 2024

LA HORA DEL ÁNGELUS

 

José Antonio Bosch. Abogado.

7 de mayo de 2024

 

Es rara la semana en la que no encontramos en los medios de comunicación noticias de alguna parte del mundo que informan sobre una nueva restricción de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Líderes ultra reaccionarios de medio mundo, Donald Trump, Javier Milei, Giorgia Meloni, Viktor Orbán, Santiago Abascal y un largo etc. de políticos populistas y reaccionarios coinciden en la necesidad de “proteger la vida del no nacido” mientras desprecian e ignoran la protección de la vida de quienes ya nacieron. Líderes de medio mundo incluyen en sus campañas medidas encaminadas a decidir sobre el cuerpo de las mujeres hurtando a estas su derecho a decidir sobre su propio cuerpo.

Hace escasamente un mes, en Florida (USA) su Tribunal Supremo santificaba la prohibición de abortar después de la sexta semana de gestación, que es casi como prohibir el aborto dado que muchas mujeres desconocen su situación de embarazada hasta después de transcurrir dicho periodo. Así, Florida se une a los otros tres estados en los que ya estaba prohibido el aborto después de la sexta semana y se acerca a los catorce estados de USA en los que en la actualidad está prohibido el aborto. Ni que decir tiene que, si finalmente el candidato a presidente Trump logra vivir en la Casa Blanca a finales del presente año, los derechos de las mujeres se verán a buen seguro seriamente amenazados, cuando no reducidos.

martes, 23 de enero de 2024

EL TREN DE LA LIBERTAD

Aunque sea una evidencia hay que recordar que no es suficiente con conquistar un derecho, sino que tenemos que mantenernos activos y vigilantes para que no se produzcan retrocesos.


José Antonio Bosch. 
Abogado.

23 de enero de 2024

En estos días se cumplen diez años de una movilización que debemos de mantener viva en nuestro recuerdo y que debe servirnos de ejemplo y modelo de movilización social. Para ponernos en contexto, hay que recordar que, tras una vigencia de cuatro años de la Ley de salud sexual y reproductiva y de interrupción del embarazo, la conocida como “ley del aborto o ley Aído”, el gobierno del Partido Popular, encabezado por el presidente Mariano Rajoy, aprobó en diciembre de 2013 un anteproyecto de Ley orgánica para la Protección de la vida del concebido y los derechos de la mujer embarazada cuya finalidad última no era otra que impedir que las mujeres pudieran decidir sobre su propio cuerpo.